Tema 2 · Permiso B
Documentación
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Para conducir un vehículo necesitas estos cuatro documentos:
Documento que autoriza a una persona a conducir y acredita que cumple los requisitos. El permiso que necesitas depende del vehículo que vayas a conducir.

Ciclomotores de dos o tres ruedas, cuadriciclos ligeros y vehículos para personas con movilidad reducida.

Motocicletas de hasta 125 cm³ y 11 kW; triciclos de motor de hasta 15 kW.

Motocicletas con una potencia máxima de 35 kW.

Motocicletas y triciclos de motor de cualquier tipo y potencia.

Ciclomotores, vehículos para personas con movilidad reducida, automóviles de hasta nueve pasajeros y vehículos especiales agrícolas. También permite vehículos especiales no agrícolas que no superen 40 km/h ni 3.500 kg, y conjuntos cuyo remolque no supere 750 kg.

Conjunto de vehículos cuyo remolque puede llevar una carga de hasta 3.500 kg.


Durante el primer año desde que consigue el permiso, a la persona se la considera conductora novel y debe llevar una placa verde rectangular con una L blanca en el cristal trasero, visible para los demás conductores.

Renueva el permiso cada 10 años.

Renueva el permiso cada 5 años.

Documento que confirma que un vehículo tiene matrícula y está autorizado a circular.
La persona titular debe comunicar a la Jefatura de Tráfico los cambios en sus datos en un plazo máximo de 15 días.

La persona titular debe comunicarlo en un plazo de 10 días.

La nueva persona titular debe solicitar que el permiso de circulación se actualice a su nombre.

Documento que acredita que el vehículo ha pasado la inspección técnica y reúne las condiciones para funcionar.

Primera inspección a los 3 años. Después, cada 2 años.

Primera inspección a los 4 años. Después, cada 2 años.

Primera inspección a los 4 años. Después, cada 2 años.

Primera inspección a los 4 años; después, cada 2 años. A partir de los 10 años, cada año.

Primera inspección a los 2 años; después, cada 2 años. A partir de los 6 años, cada año; a partir de los 10, cada 6 meses.

Primera inspección al año; hasta los 10 años, cada año. Después, cada 6 meses.

Primera inspección a los 6 años y, después, cada 2 años.

También hay que pasar una ITV cuando se reforma el vehículo o si ha sufrido un accidente que haya dañado su estructura.

Anotan en la tarjeta que el vehículo está bien y la fecha de la próxima revisión. Entregan una pegatina para colocar en el interior del vehículo, en el lado derecho del parabrisas, y un informe que debes llevar en el vehículo.

No puedes seguir circulando. Debes llevar el vehículo a un taller y, una vez reparado, volver a la ITV para comprobar que puede circular.

Quien tiene un vehículo con motor debe contratar y pagar un seguro de responsabilidad civil. Este seguro protege a otras personas, objetos y vehículos frente a los daños que puedas causar en un accidente.

Deben estar asegurados los vehículos con motor cuyo propietario viva en España.

Por ejemplo, reparar una farola si chocas contra ella.

Por ejemplo, las lesiones de un peatón atropellado.



Por norma general, quien comete una infracción como conductor o peatón debe pagar la multa o sanción.
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